En Guayaquil, el artículo 9 de la ordenanza municipal sobre bienestar animal establece varias prohibiciones relacionadas con el cuidado y protección de animales de compañía, incluyendo sanciones económicas y servicio comunitario para quienes incumplan la normativa.
Entre las conductas sancionadas está maltratar animales de compañía o someterlos a prácticas que les causen daño o sufrimiento. Esta acción está catalogada como una infracción grave y puede recibir multas de entre 1 y 3 salarios básicos unificados, además de entre 21 y 100 horas de servicio comunitario.
La normativa también considera como infracciones muy graves abandonar animales de compañía en espacios públicos o privados, así como suministrar sustancias que alteren su comportamiento o les causen sufrimiento. En estos casos, las sanciones pueden llegar a multas de entre 3 y 7 salarios básicos unificados y de 101 a 300 horas de servicio comunitario.
Además, la ordenanza sanciona mantener animales de compañía en condiciones inadecuadas, privarlos de alimento o atención veterinaria, o mantenerlos encerrados en espacios no aptos. Incluso no recoger los desechos de los peludos en espacios públicos puede generar multas de hasta el 50% de un salario básico y capacitaciones obligatorias sobre bienestar animal. Las denuncias por maltrato animal pueden realizarse a través de la línea 181.

