Por unanimidad, el Tribunal de la Corte Nacional de Justicia conformado por los jueces Marco Rodríguez, Daniella Camacho y Walter Macías, sentenció a tres años de prisión al exdefensor del Pueblo, Freddy Carrión, como autor directo del delito de abuso sexual.

Esta es una sentencia de primera instancia, y los abogados del acusado indicaron que apelarán la sentencia. Además los 156 días que ha permanecido Carrión en la Cárcel 4 deberán ser descontados del tiempo final que se disponga.

El exfuncionario público que fue censurado y destituido del cargo, el 15 de septiembre último, por 75 votos afirmativos del pleno de la Asamblea Nacional.

Tres días de audiencia para presentar pruebas de cargo y descargo

En el artículo 170 del Código Integral Penal, se establece una sanción de entre tres a cinco años por ese ilícito. Sin embargo, en los tres días de audiencia, la fiscal general del Estado, Diana Salazar, solicitó la pena máxima por abuso sexual más un tercio por agravantes. Es decir, una condena de 6 años y 8 meses de prisión, más el pago de 21 mil dólares, como reparación económica a la víctima.

«Artículo 170.- Abuso sexual.- La persona que, en contra de la voluntad de otra, ejecute sobre ella o la obligue a ejecutar sobre sí misma u otra persona, un acto de naturaleza sexual, sin que exista penetración o acceso carnal, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años».

Según la investigación, el supuesto crimen habría ocurrido entre la noche del sábado 15 y domingo 16 de mayo, durante una reunión en el domicilio del exministro de Salud, Mauro Falconí. En el lugar, el exdefensor supuestamente abuso sexualmente de la pareja de Falconí.

La defensa de Carrión está compuesta de 55 abogados. Uno de ellos, afirmó que no han podido comprobar técnicamente la culpabilidad del exdefensor del Pueblo.

Al momento, Carrión cumple prisión preventiva en la cárcel 4 de Quito. Él permanecía detenido después de que se le negó la solicitud de habeas corpus.