El Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) ratificó la noche de este 14 de diciembre de 2020 el cumplimiento a la sentencia del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) del pasado 30 de octubre sobre el Movimiento Justicia Social, por lo que «no existe desacato», de sentencias provenientes del TCE.

Segun informó un comunicado del organismo electoral, ya se ejecutó la sentencia del TCE del pasado 11 de noviembre y señaló que posteriormente el 8 de diciembre, el organismo jurisdiccional emitió un auto de ejecución de su propia sentencia, que «claramente» interfiere con las decisiones y competencias privativas del CNE.

Por ello, el CNE aseveró que con esto, se pone en riesgo la fecha de posesión de las nuevas autoridades que se elegirán en comicios generales el 7 de febrero de 2021.

Ante esta situación, el Pleno del CNE aprobó una resolución que establece, entre otros aspectos, que se interponga una demanda de conflicto de competencias ante la Corte Constitucional, amparada en el artículo 8 del Código de la Democracia.

Entre sus resoluciones, el CNE indicó que se requiere «al Tribunal Contencioso Electoral la revocatoria del Auto de Ejecución de fecha 8 de diciembre de 2020, dentro de la causa No. 080-2020-TCE, en razón de que constituye una evidente intromisión en las competencias exclusivas del Consejo Nacional Electoral».

La entidad ratificó que el proceso electoral es el acto «más importante» de legitimidad de los regímenes democráticos, cuyas etapas no pueden ser alteradas por actuaciones ajenas al ordenamiento jurídico, que podrían favorecer a los intereses de uno o varios sujetos políticos, señaló el comunicado.

El CNE aclaró que «bajo ninguna justificación» se pueden alterar las fechas constitucionales de posesión de asambleístas y Presidente de la República, a realizarse el 14 y 24 de mayo de 2021, respectivamente.

Leer más:

Una segunda oportunidad para Álvaro Noboa: TCE abre el camino para su candidatura presidencial