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viernes, mayo 3, 2024
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Tribunal Contencioso Electoral niega recursos para impedir repetir las elecciones en el exterior

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El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) archivó los recursos subjetivos presentados por el movimiento Construye y el Partido Sociedad Patriótica que pretendían dejar sin efecto la nulidad de las votaciones de asambleístas nacionales y de los asambleístas en el exterior que adoptó el Consejo Nacional Electoral por fallas técnicas en la votación telemática realizada el 20 de agosto.

Con este fallo del TCE, la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE), de repetir las elecciones en el exterior para la dignidad de asambleístas nacionales, así como de las circunscripciones de Europa, Asia Y Oceanía; EE.UU. y Canadá; América Latina, Caribe y África, en la segunda vuelta electoral, no tendría impedimentos. Recordemos que la repetición de las elecciones en el exterior se hará de manera presencial.

El fallo de la resolución tomada por el TCE, se definió por tres votos de los jueces que integran el Tribunal Contencioso Electoral: Fernando Muñoz, Ivonne Coloma y Ángel Torres. Los jueces Guillermo Ortega y Juan Maldonado emitieron un voto salvado. Además, en la sentencia se recoge el informe que presentó la empresa AntroProyectos S. C., que advirtió que el sistema de votación telemática del CNE fue el objetivo de un ataque del tipo DoS.

El máximo organismo de justicia electoral, en su dictamen, exige al CNE que actúe de manera responsable, eficiente y solvente, enmarcado en la norma y estructura del sistema electoral ecuatoriano, cuando decide adoptar métodos de votación digital o electrónico, asegurándose de tener las condiciones técnicas que le permitan generar la confianza a la que está obligado y pueda proteger, con los más altos estándares el voto de los ecuatorianos.

Además, se resaltó que la consistencia del número de sufragantes con el número de votos almacenados demuestra que no existió pérdida de datos, sin embargo, se ha identificado un total de 786 registros en los que existe una inconsistencia entre el código de identificación de partido y la dignidad del voto.

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