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Tribunal condenó a un padre y a su hijo por femicidio en Santo Domingo

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Tres años pasaron para establecer una sentencia para los asesinos de una mujer en Santo Domingo. En el hecho participaron padre e hijo. 

Frank Alexis, autor directo fue sentenciado a 34 años y ocho meses de cárcel y, su padre Hernán Franklin, quien fue cómplice, cumplirá 17 años y cuatro meses. Así lo confirmó la Fiscalía General del Estado (FGE) a través de un boletín de prensa (Nº 1097-DC-2026), tras la audiencia de juzgamiento ante el Tribunal de Garantías Penales de Santo Domingo.

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⚖️ Padre e hijo sentenciados a más de 34 y 17 años de cárcel por femicidio en Santo Domingo. Tres años después del crimen, la justicia dictó sentencia por el asesinato de una mujer ocurrido en diciembre de 2023. 💜 Que ningún femicidio quede en la impunidad. 🎥 @elianaaulestia #TuVozMedia #Femicidio #Justicia #Ecuador

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Antecedentes del crimen 

El 16 de diciembre de 2023, Frank Alexis ex pareja de la víctima la convenció de realizar un viaje a La Concordia, Santo Domingo de los Tsáchilas. Al llegar, se encontraron con Hernán Franklin, con el que fueron a visitar el río Blanco. Cuatro días después, el 20 de diciembre de 2023, el cuerpo sin vida fue encontrado a flote.  

¿Quién la asesinó?

Fue Hernán Franklin, quien la golpeó con una roca, la estranguló y sumergió para ahogarla. Los forenses confirmaron que la mujer sufrió de asfixia, signos de ahogamiento y, presentaba golpes en su cabeza. Además, Frank Alexis, hijo, declaró ser el principal testigo de cómo su padre la asesinó. 

Las pruebas que sustentaron la condena

Según el boletín de la Fiscalía, el caso se sostuvo con:

  • Testimonios de policías que investigaban el caso. 
  • La autopsia y el acta de levantamiento del cadáver.
  • El hallazgo del vehículo de la víctima cerca del domicilio de familiares de uno de los sentenciados.
  • Videos de una gasolinera a la salida de Quito, donde se ve a Frank Alexis conduciendo con la víctima como copiloto.
  • Cámaras de un local donde se observa a Hernán Franklin abordar ese mismo vehículo.

¿Qué dice la ley?

El caso se procesó bajo el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que tipifica el delito de femicidio (dar muerte a una mujer por el hecho de serlo, en un contexto de relaciones de poder), con una pena base de 22 a 26 años.

Para elevar la condena, el Tribunal aplicó agravantes de los artículos 47 y 48 del COIP:

  • Artículo 47, numeral 5: cometer el delito con participación de dos o más personas (es decir, no actuar solo, sino en conjunto con otra persona).
  • Numeral 6: aumentar o procurar aumentar las consecuencias dañosas para la víctima.
  • Numeral 7: cometer la infracción con ensañamiento contra la víctima (usar violencia excesiva o innecesaria más allá de lo requerido para matar).
  • Artículo 48, numeral 8: que el agresor tenga algún tipo de relación de poder o autoridad sobre la víctima, o haya abusado de su posición o vínculo cercano con ella para cometer el delito.

En conjunto, estos agravantes son los que permitieron que la pena superara ampliamente el mínimo legal, llegando a los 34 años y 8 meses para el autor directo. 

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