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sábado, septiembre 7, 2024
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Quito busca regular el servicio de ‘delivery’ con una ordenanza

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Quito busca regular el servicio de entregas a domicilio ‘delivery’ con el fin de mejorar la seguridad dentro de la capital. Es por eso que el Concejo Metropolitano conoció, en primer debate, el proyecto de Ordenanza. Esta propuesta es una unificación de los proyectos presentados por la concejala Analía Ledesma y el alcalde de la capital Pabel Muñoz y cuenta con 24 artículos.

La normativa busca que los prestadores de servicio se inscriban en un registro en la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), entidad encargada de regular el transporte comercial, de tal forma que únicamente quienes consten en dicha base de datos puedan prestar el servicio de entrega a domicilio en el Distrito, esto tiene un objetivo de fomentar la seguridad en la prestación pues quedarían en un registro público identificados el vehículo y su conductor.

La normativa establece que los conductores que se dedican a esta actividad tendrán que tramitar un permiso, para lo cual deberán realizar un registro presentando la cédula de identidad o pasaporte para personas extranjeras; matrícula del vehículo; comprobante de servicio básico; certificado de no adeudar al Municipio de Quito y el comprobante de pago de tarifa que es del 2.5% de un Salario Básico Unificado (SBU) que sería de USD 11,50. El registro tendrá una vigencia de un año y debe ser renovado con la misma periodicidad con un mes de antelación a su caducidad. Se puede usar en más de una plataforma.

La concejala Analía Ledesma explicó, durante la sesión de Consejo que, la normativa permitirá contar con un registro de las personas que se dedican a la actividad de entregas a domicilio y que ha crecido durante los últimos años. “Es fundamental que contemos con un catastro de cuántas motos hay en la ciudad, cada una deberá tener una placa diferente y un permiso diferente”, añadió.

 La entidad encargada del registro será la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), la cual emitirá el certificado con vigencia de un año y una credencial con un código QR y la foto del repartidor. Es así como desde la capital se busca controlar la inseguridad y tratar de disminuir los índices de asaltos y delincuencia dentro de Quito.

La ordenanza también propone sanciones, para quienes incumplan con dicha normativa dentro de la capital. A continuación, te indicamos las sanciones:

Infracciones leves: Sancionadas con el 10% del SBU (reincidencia 20% SBU)

  • No portar la credencial de Prestador/a de Servicio de entrega o delivery;
  • No notificar los cambios de datos declarados en el Registro; y,
  • No retirarse el casco para retirar y/o entregar los paquetes.

Infracciones graves: Sancionadas con el 20% del SBU (reincidencia 30% SBU)

  • Prestar el Servicio de Entrega sin realizar la renovación del Registro de Prestador de Servicio de delivery.

Infracciones muy graves. Sancionadas con el 50% del SBU e inhabilitación del registro por seis meses. (reincidencia 100% SBU)

  • La persona que ejerza la actividad de Servicio de Entrega a Domicilio sin el respectivo Registro, Credencial y adhesivo, por más de dos ocasiones.
  • La o el administrado que ejerza el Servicio de Entrega a domicilio- delivery con una credencial que después de ser validado el código QR resulte no corresponda a los datos registrados proporcionados, o que no cumpla con las especificaciones técnicas del ente otorgante.
  • La o el Prestador de Servicio de Entrega a domicilio que preste o alquile su credencial, a título gratuito u oneroso.
  • La o el administrado que ejerza el servicio de entrega a domicilio con una credencial falsa, adulterada o que no cumpla con las especificaciones técnicas de las credenciales emitidas por la autoridad administrativa otorgante.

Varios concejales realizaron varias observaciones para poder fortalecer dicha ordenanza y no dejar ningún cabo suelto antes de su aprobación. Tras dichas observaciones presentadas por los concejales y en un plazo de cuatro días, la Secretaría remitirá dichas observaciones a la Comisión de Movilidad para su tratamiento, previo al segundo debate.

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