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domingo, abril 28, 2024
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Multas económicas por mal uso del Metro de Quito

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El Concejo Metropolitano de Quito aprobó por unanimidad la ordenanza que dicta el comportamiento y las multas o sanciones por mal uso del Metro de Quito. La ordenanza tiene la intención de evitar que el metro sufra daños y que mujeres, niñas y niños sufran acoso. El reglamento determina 33 deberes y 32 prohibiciones que permitirá asegurar la calidad del servicio y la seguridad de todos los usuarios.

La Empresa Operadora Metro Medellín-Transdev (Eommt) indicó que ahora se cuenta con un instrumento para exigir un buen comportamiento a los pasajeros y fortalecer la implementación de la Cultura Metro. Además, si un usuario infringe el reglamento del usuario, el operador no estará obligado a prestar el servicio de transporte a uno o más usuarios, siempre priorizando la seguridad de todos los pasajeros.

@tuvoz.tv

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El Concejo Metropolitano ratificó en que las personas que reincidan en el cometimiento de las faltas muy graves no podrán usar el Metro durante un año. Estas son las principales infracciones y las multas correspondientes:

Infracciones Leves: Multa correspondiente al 25% de un salario básico unificado (115 dólares).

  • Obstaculizar el paso y el embarque de otros usuarios.
  • La persona que ingrese con un animal de asistencia o guía que no recoja los desechos generados por el animal.
  • Apoyarse en las puertas de los trenes, ascensores, puertas de emergencia, puertas cancelas y en los bienes que determine el operador con los carteles informativos o de precaución.
  • Utilizar de manera indebida las escaleras mecánicas, gradas y ascensores de uso general, así como las escaleras mecánicas.

Infracciones Graves: Multa correspondiente al 50% de un salario básico unificado (230 dólares).

  • Sentarse en los pisos, gradas, escaleras mecánicas, ascensores o espacios de desplazamiento.
  • Realizar acciones que puedan suponer daños de cualquier tipo al Metro de Quito.
  • Transportar mercancías u objetos al interior de los trenes que, por su tamaño, dificulte la movilidad del resto de usuarios.
  • Desplazarse usando patines, patinetas, bicicletas, unidades de tracción a motor u otro dispositivo de movilidad personal.

Infracciones Muy Graves: Multa correspondiente al 100% de un salario básico unificado (460 dólares).

  • Saltar y realizar movimientos bruscos en ascensores, gradas y escaleras mecánicas y en los trenes.
  • Obstaculizar o introducir objetos o partes del cuerpo que fuercen la apertura o impidan el cierre de puertas de cualquier parte del Metro.
  • Realizar actividades o campañas políticas, proselitistas religiosas o de culto.
  • Utilizar la infraestructura y vehículos de transporte para realizar volanteo, actividades publicitarias y de propaganda.
  • Activar indebida o injustificadamente los dispositivos de emergencia o de los sistemas de alarma.
  • Ingresar a las cabinas de los trenes o espacios restringidos por la operadora.
  • Ejercer actividad económica o comercio. Inobservar las indicaciones del personal de la operadora.
  • Aprovecharse de los beneficios individuales y personales o tarifarios de la integración para grupos de atención prioritaria.
  • Realizar acciones que podrían poner en peligro la integridad física de los usuarios.
  • Manipular el sistema informático para generar beneficios en las tarjetas electrónicas, máquinas de venta, recarga automática, validadores o en los diferentes elementos asociados al sistema de recaudo.
  • Tener cualquier tipo de relaciones sexuales.
  • Realizar necesidades fisiológicas.
  • Arrojar desechos o cualquier tipo de materiales u objetos que afecten a la sanidad e higiene.
  • Acceder a los andenes sin validar o pagar el acceso a la estación respectiva.
  • Ingresar con elementos o productos peligrosos, inflamables, corrosivos o radioactivos que puedan poner el riesgo la salud y seguridad de los demás usuarios.

Se destaca que el infractor podrá sustituir la sanción económica por trabajo comunitario al inicio del proceso administrativo. Para el efecto, cada 10 dólares equivalen a una hora de trabajo comunitario. Además, la Empresa Metro de Quito debe elaborar los reglamentos e instructivos en un término de 30 días.

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