Los hermanos Roberto y William Isaías Dassum fueron declarados inocentes por la Corte Nacional de Justicia. La sentencia firmada por los jueces: Daniela Camacho, Luis Rivera y Marco Ruíz, señala que no se ha comprobado la existencia del delito de peculado.

En cumplimiento de las normas constitucionales y legales… este Tribunal de Revisión de la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial, Tránsito, Corrupción y Crimen Organizado de la Corte Nacional de Justicia, mediante voto de mayoría: Declara que no se ha comprobado conforme a derecho la existencia del delito de peculado por el abuso de los fondos de préstamos de liquidez entregados por el Banco Central del Ecuador a Filanbanco, en el periodo septiembre a diciembre de 1998, hechos por los que se condenó a los ciudadanos Antonio Arenas Contreras, Juan Franco Porras, Leonardo Navas Banchón, Roberto Isaías Dassum y William Isaías Dassum”, indica el documento legal.

De esta forma, se restituye el estado constitucional de inocencia de Antonio Arenas Contreras, Juan Franco Porras, Leonardo Navas Banchón, Roberto Isaías Dassum y William Isaías Dassum, “únicamente del delito de peculado por el abuso de los fondos de préstamos de liquidez entregados por el Banco Central del Ecuador a Filanbanco, en el periodo septiembre a diciembre de 1998”.

Este caso corresponde al denominado Feriado Bancario, por el que el 10 de abril de 2012, el doctor Wilson Merino Sánchez, Juez Nacional, dictó sentencia condenatoria en contra de los ciudadanos Roberto Isaías Dassum, William Isaías Dassum, entre otros, por considerarlos autores del delito de peculado mayor, tipificado y sancionado en el artículo 257 del Código Penal.

La sanción por este delito fue la pena privativa de libertad de ocho años de reclusión mayor ordinaria, pero se presentaron recursos legales para apelar el fallo y los sentenciados no cumplieron ninguna pena privativa de libertad.