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sábado, abril 20, 2024
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Adultos mayores en situación de vulnerabilidad podrán demandar pensión alimenticia a sus hijos

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El Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) publicó la “Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas” para los adultos mayores. Con ello, las personas mayores de 65 años que carecen de medios y recursos para su subsistencia y/o de aquellas que, por su condición física o mental, no pueden subsistir por sus propios medios, podrán demandar a sus hijos por una pensión alimenticia.

El anuncio se realizó este miércoles 22 de diciembre, en el auditorio de la Plataforma Gubernamental Social, al sur de Quito. El evento contó con la participación del líder de esta cartera de Estado, Esteban Bernal, autoridades y personas adultas mayores usuarias de los servicios del MIES.

Bernal señaló que esta tabla permitirá que las personas adultas mayores que están en situación de pobreza, pobreza extrema y vulnerabilidad tengan un envejecimiento digno y que sus familiares sean responsables con su cuidado”.

Quienes deberán pagar, en primera instancia, serán los hijos y nietos. Sin embargo, el derecho podrá ampliarse al cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad si el juez considera aplicar una medida de protección.

Asimismo, el Ministro adelantó que en los próximos días el MIES firmará un convenio con varias universidades del país. Esto con el objetivo de contar con consultorios jurídicos gratuitos, que brinden asesoría legal a las personas adultas mayores en este tema.

¿Cuánto deberán pagar?

Mediante la tabla, juezas y jueces de la familia, niñez y adolescencia establecerán el monto de la pensión de alimentos mínima que puede solicitar la o el demandante. El cálculo se realizará con base al Salario Básico Unificado (SBU), establecido por el Ministerio de Trabajo, la inflación anual acumulada y acorde a los indicadores económicos publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.

La tabla entra en vigencia a partir de un Acuerdo Ministerial emitido por esta cartera de Estado y está compuesta por 6 niveles, que determinan el porcentaje que deberán pagar los alimentantes de acuerdo a sus ingresos y al número de personas adultas mayores. Estos van desde los $0 hasta los $399 para el primer nivel, y desde USD 1.224.01 en adelante para el sexto nivel.

Tabla de porcentajes emitida por el MIES

Los porcentajes de la tabla se actualizarán partir de enero de 2022, una vez que entre en vigencia el nuevo SBU de $425.

Con la publicación de este instrumento, el MIES da cumplimiento a lo que establece la Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores, expedida el 9 de mayo de 2019.

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