Con 12 votos a favor, el Concejo Metropolitano de Quito aprobó la ordenanza con la que se prohíbe la circulación de dos o más personas en una motocicleta en la capital. Con la aprobación de esta ordenanza, se incorpora la Regulación sobre el Control de la Circulación de Motocicletas en el Distrito Metropolitano de Quito.
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El concejal Bernardo Abad, quien presentó esta propuesta, dijo que el documento tiene como objetivo reducir el número de delitos que se comenten en la ciudad a bordo de motos. Además, la prohibición se aplica en todo el Distrito Metropolitano y luego de informes técnicos que los realizará la secretaría de Movilidad, en cuanto a la realidad de cada parroquia rural, se determinarán los lugares donde no aplicaría dicha restricción.
Sanción
Para quienes incumplan la norma, la sanción está determinada por el Código Orgánico Integral Penal, que dispone una multa por infracción del 15% de un salario Básico Unificado (SBU). Sin embargo, no se contempla la retención del vehículo por considerar que se trataría de una doble sanción para los infractores.
Excepciones
En la nueva ordenanza constan siete excepciones que permiten que dos personas se movilicen en una misma moto dentro de la capital, las cuales son:
- Cónyuge o conviviente en unión de hecho del conductor (inscrita en el Registro Civil).
- Hijos o hermanos del conductor.
- Personas con discapacidad.
- Adultos mayores.
- Mujeres.
- Personas menores de 12 años.
- Servidores públicos que, en el cumplimiento de sus funciones