InicioTendenciasMaltrato animal en Ecuador puede costar hasta un año de cárcel

Maltrato animal en Ecuador puede costar hasta un año de cárcel

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¿Qué sanción enfrenta una persona por agredir a un animal en Ecuador? Conozca los detalles del caso de Nubecita y cómo una acción penal cambió el rumbo de este proceso.

¿Qué pasó con Nubecita?

La agresión ocurrió el 26 de junio de 2026 en el barrio Venecia II, sector Caupicho, en el sur de Quito.

Cámaras de seguridad registraron el momento en que un hombre, acompañado por otras tres personas, se acercó con un palo y golpeó en repetidas ocasiones a Nubecita, una perrita de color blanco que intentaba proteger a sus cachorros.

Otra perrita que se encontraba cerca trató de defenderla, mientras dos mujeres intervinieron para detener el ataque. Sin embargo, Nubecita quedó gravemente herida.

Tras el rescate realizado por la Fundación Lucky, los veterinarios confirmaron que la perrita presentaba una ruptura traumática de la vejiga urinaria, una contusión pulmonar y otras lesiones internas, por lo que tuvo que ser intervenida de urgencia.

¿Qué dice la ley sobre el maltrato animal en Ecuador?

El artículo 249 del COIP establece que quien cause lesiones a un animal que forme parte de la fauna urbana podrá ser sancionado con entre seis meses y un año de prisión cuando el daño sea consecuencia de actos de crueldad o ensañamiento.

Este es precisamente el tipo penal que ahora busca aplicarse en el caso de Nubecita, una perrita lactante que el pasado 26 de junio fue golpeada repetidamente con un palo en el barrio Venecia II, en el sur de Quito. Según la documentación presentada, el animal sufrió graves lesiones internas, entre ellas una ruptura traumática de la vejiga urinaria, que requirió atención veterinaria de urgencia.

El caso cambió tras una acción penal

Cuando ocurrió la agresión, la Unidad de Bienestar Animal (UBA) informó que el presunto agresor, de nacionalidad venezolana, no podía ser sancionado mediante el procedimiento administrativo debido a que no contaba con un domicilio en Ecuador donde pudiera ser notificado, requisito necesario para ese tipo de proceso.

Sin embargo, la situación cambió porque la vía administrativa únicamente contempla multas, mientras que la vía penal permite que un juez determine responsabilidades y, de ser el caso, imponga una pena privativa de libertad.

Concejal presentó la acción penal

El giro del caso se produjo luego de que Andrés Campaña, presidente de la Comisión de Salud del Concejo Metropolitano de Quito, presentara una acción penal contra Geogen Betsabeth Ibáñez Hernández, de nacionalidad venezolana, como presunto responsable de la agresión.

La querella se fundamenta en el artículo 249 del COIP y sostiene que las lesiones ocasionadas a Nubecita serían compatibles con el delito de lesiones a animales que forman parte de la fauna urbana, al existir indicios de crueldad y ensañamiento.

Campaña solicitó que la justicia aplique la máxima sanción prevista en la ley y señaló que este caso debe convertirse en un precedente contra la violencia hacia los animales.

Un caso que podría marcar un precedente

El caso de Nubecita representa un cambio importante en la forma en que pueden investigarse los hechos de crueldad contra animales en Ecuador.

Si la justicia determina la responsabilidad del presunto agresor, este proceso podría convertirse en uno de los primeros casos en los que una agresión contra un animal de fauna urbana derive en una condena penal de hasta un año de prisión, más allá de las sanciones administrativas.

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