El pleno de la Corte Constitucional aprobó por unanimidad un dictamen favorable para el decreto-ley de la reforma tributaria que presentó el presidente Guillermo Lasso, el pasado 17 de mayo, mientras que el decreto ley de las zonas francas fue rechazado. Por lo tanto, la nueva reforma entrará en vigencia una vez que se publique en el Registro Oficial, que según el director del Servicio de Rentas Internas (SRI), Francisco Briones se prevé que ocurra este lunes 19 de junio.
En el dictamen de la Corte también se indica que el presidente puede presentar un proyecto de ley sobre el mismo tema una vez instalada la nueva conformación de la Asamblea. Asimismo, recordó al primer mandatario que hasta la instalación de una nueva Asamblea Nacional le corresponde verificar que, preliminarmente, no existan incompatibilidades normativas manifiestas o evidentes en los Decretos-ley.
De acuerdo al director del SRI, éstos serían los tiempos en que entrarán en vigencia los beneficios que plantea la reforma:
Rebaja en el impuesto a la renta (IR) a las personas naturales y aplicación de nuevo esquema rigen a partir del año fiscal 2023. La tarifa del 12 % a los espectáculos públicos desde el mes siguiente de la publicación de la reforma tributaria en el Registro Oficial.
La tarifa 0 % de IVA para las operaciones realizadas por los negocios populares desde el mes siguiente de la publicación de la reforma tributaria en el Registro Oficial. Las reformas del IR en el Régimen Impositivo para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe) regirán a partir de enero de 2024.
El IR del 15 % a las operadoras de pronósticos deportivos entrarán en vigencia a partir de enero de 2024.
Según el SRI, con la reforma tributaria $ 195 millones retornan a la economía de las familias; 340.000 negocios populares que antes pagaban $ 60 como impuesto a la renta ya no cancelarán ese valor cuando vendan menos de $ 2.500.