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lunes, julio 8, 2024
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¿Cuál sería la multa al empleador que llame fuera del horario laboral?

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La Asamblea Nacional aprobó la Ley reformatoria para la erradicación de la violencia y el acoso laboral, estableciendo la aplicación de multas a los empleadores que violenten o acosen a sus trabajadores. Entre ellos, un causal de acoso es obligar a un trabajador a estar pendiente de su celular fuera del horario laboral.

Esta ley, que entrará en vigencia una vez que se publique en el Registro Oficial, califica como violencia y acoso laboral a todo tipo de «comportamientos y prácticas inaceptables», incluidas las amenazas, que provoquen «daño físico, psicológico, sexual, económico, político, simbólico o digital», a un trabajador

El paquete de reformas al Código de Trabajo también incluye la no desconexión digital, el desacato al tiempo de descanso, permiso y vacaciones, así como a la privacidad, personal y familiar, como formas de violencia y acoso laboral. Lo anterior incluye las llamadas o correos que realicen o envíen los jefes superiores a sus empleados fuera del horario de oficina, por ejemplo.

¿De cuánto serán las multas?

Si bien la nueva ley no estable un monto de multas por violencia o acoso laboral, según el Acuerdo Ministerial No MDT 2023-140, un empleador puede ser sancionado con multas que van desde uno hasta 20 salarios básicos (USD 460 a USD 9.200), de acuerdo con la gravedad de la infracción y el número de trabajadores de la empresa.

¿Qué sanciones establece la ley?

Según la norma, en casos de violencia y acoso laboral comprobados, el inspector del Ministerio de Trabajo deberá tomar las siguientes acciones:

  • Emitir sanciones pecuniarias (multas) en contra del empleador, sea persona natural o jurídica.
  • Disponer medidas de reparación y de apoyo para la víctima, con ayuda de órganos especializados del sector público y privado.
  • Establecer medidas de protección para los denunciantes, víctimas, testigos e informantes, frente a la «victimización» y «represalias».
  • También podrá disponer que se efectúen disculpas públicas por parte de quien cometió el acto de violencia o acoso.

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