La Unidad de Bienestar Animal (UBA), del Distrito Metropolitano de Quito, recuerda a la comunidad que si eres testigo de maltrato animal debes denunciarlo inmediatamente a través del link http://bit.ly/3fuwNgW , así los inspectores de la entidad verificar la denuncia y en caso de ser necesario trasladar al animal de compañía a los Centros de Atención Veterinaria y Rescate de Animales en Transición (CAVRAT), donde recibirá los cuidados necesarios para su recuperación.
Pero para denunciar correctamente un caso de maltrato animal debes actuar actúa de acuerdo a la normativa del Código Orgánico Administrativo (COA), mismo que señala en el artículo 193 que: “las pruebas (fotos, videos), son documentos son pruebas debidamente notariadas por las partes interesadas para la acreditación de los hechos alegados”.
De esta manera para gestionar una denuncia de fauna urbana se deben seguir los siguientes pasos:
1.- La UBA atiende la denuncia y realiza un Informe de Actuación Previa.
2.- En caso de que el inspector de la UBA encuentre hechos que constituyan una infracción, notifica el informe al presunto infractor.
3.- La/el presunto infractor tiene un plazo de 10 días para presentar sus argumentos de defensa.
Luego de esto se pueden presentar dos escenarios:
1.- Si el presunto infractor, demuestra que ha subsanado el incumplimiento a la normativa, el inspector de la UBA emite un informe de adecuación de conducta.
2.- Pero en caso de que el administrador no adecúe su conducta y no logre subsanar las presuntas infracciones, el inspector de la UBA remitirá el informe final de actuación previa a la Agencia Metropolitana de Control (AMC), para el inicio del procedimiento administrativo sancionador.
Además, es importante conocer cuáles son las prioridades para poder denunciar maltrato animal:
PRIORIDAD I
Maltrato evidente. (Prueba material)
Abandono notorio.
Atropellamiento.
Criar o entrenar animales para que participen en peleas.
Encadenar animales como método habitual.
Provocar la muerte por procedimientos de eutanasia que no cumplan con los parámetros legales.
PRIORIDAD II
No mantener a los animales dentro de los predios privados.
Causar molestias a los vecinos por ruidos o malos olores.
No buscar la atención veterinaria preventiva y curativa.
Dejar a los animales solos en los vehículos estacionados.
Tener un número de animales de compañía que le impida cumplir con el bienestar animal.
PRIORIDAD III
Permitir que deambulen sin collar, traílla ni identificación.
No recoger los excrementos.
No cumplir con sus vacunas y desparasitaciones.
Incumplir las normas de uso en las zonas caninas.