Redacción: María Emilia Vaca
Este 21 de diciembre, el presidente de la República, Lenín Moreno, dio a conocer las nuevas resoluciones para evitar el pico de contagios de Cvid19 durante las festividades de Navidad y Año nuevo.
Durante su intervención, Moreno anunció la restricción vehicular para todo el territorio nacional conforme al último dígito de placa de vehículos particulares, a partir del martes 22 de diciembre.
Según lo establecido, los días lunes, miércoles, viernes y el domingo 27 de diciembre, circulan autos cuya placa termine en un número impar; y los martes, jueves, sábado y adicional el domingo 03 de enero de 2021, circulan los pares.
En cuanto a los servicios de transporte público y delivery, estos podrán circular fuera del horario establecido en toque de queda, es decir, de 22:00 a 4:00 durante los próximos 15 días.
Estas medidas de restricción vehicular no se aplicaran para personas que deban movilizarse y pertenezcan a los siguientes sectores:
– Servicios en la Red Pública Integral de Salud, o en la Red Privada de Salud.
-Servicios de Emergencia Vial.
– Servicios en sectores Estratégicos.
– Miembros del Sector Exportador, junto con toda su cadena de logística.
– Provisión de alimentos, medicinas, insumos médicos y sanitarios, incluyendo su transporte y comercialización.
– Miembros de comercios e industrias relacionados con la crianza y cuidado de animales.
– Trabajadores en medios de comunicación y del sector financiero y bancario.
– Personas en caso de emergencia justificada.
– Personas que laboran en la prestación de servicios básicos, tales como electricidad, recolección, agua potable, ect.
– Funcionarios del Consejo Nacional Electoral (CNE).