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viernes, noviembre 22, 2024
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TCE admite denuncia contra Pabel Muñoz por supuesta infracción electoral

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Ángel Torres, juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), admitió a trámite una denuncia presentada por Juan Esteban Guarderas, consejero del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS), en contra del alcalde de Quito, Pabel Muñoz, por una supuesta infracción electoral.

De acuerdo al documento publicado este 23 de noviembre, como parte de esta causa, el juez dispuso un peritaje a redes sociales del Municipio de Quito y de la Revolución Ciudadana, en las que se basa Guarderas para acusar a Muñoz de haberse involucrado indebidamente en la pasada campaña electoral y donde supuestamente ayudó a la candidata del correísmo Luisa González.

A su vez, el juez otorgó a Muñoz un plazo de cinco días para que conteste a la denuncia, una vez que sea citado por el organismo. Las partes deberán comparecer el 27 de noviembre, a las 10:00, para la práctica de la audiencia oral de prueba y alegatos, en la sede del TCE, según la providencia.

Durante la campaña por la Presidencia de Ecuador, Muñoz apareció en varios videos junto a Luisa González, la candidata del correísmo que perdió ante Daniel Noboa, en una serie de ofertas para la ciudad de Quito. Por eso Guarderas lo denunció por hacer proselitismo político sin haber pedido licencia en sus funciones como alcalde.

Según Guarderas, al ser Muñoz un servidor público, en el ejercicio de sus funciones, no puede inducir al voto a favor de una tendencia política, por lo que estaría cometiendo una infracción grave. Además, aclaró que La denuncia fue presentada en su calidad como ciudadano y no como consejero.

De acuerdo al art. 278, numeral 3, del Código de la Democracia determina una infracción electoral grave cuando: “Los servidores públicos que, en ejercicio de sus funciones, induzcan el voto a favor de determinada preferencia electoral o promueva aportes económicos a una organización política o a una candidata o candidato”. Esta infracción se sanciona con multas de 11 a 20 salarios básicos unificados, destitución y/o suspensión de derechos de participación desde seis meses hasta dos años.

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