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domingo, noviembre 30, 2025
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Perdió a su hijo y la obligaron a volver al trabajo: hoy su lucha cambió la ley

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¿Te imaginas dar a luz, perder a tu hijo diez días después y que, en medio de ese dolor, te obliguen a volver a trabajar? Esa fue la dura realidad que vivió María Elena, jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Ibarra, quien tras nueve meses de embarazo y la pérdida de su bebé recibió la instrucción de reincorporarse inmediatamente a sus labores, dejando de lado el duelo y el daño emocional que atravesaba.

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¿Te imaginas dar a luz, perder a tu hijo diez días después y que, en medio de ese dolor, te obliguen a volver a trabajar? Esa fue la dura realidad que vivió María Elena, jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Ibarra, quien tras nueve meses de embarazo y la pérdida de su bebé recibió la instrucción de reincorporarse inmediatamente a sus labores, dejando de lado el duelo y el daño emocional que atravesaba.

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Todo empezó en septiembre de 2018, cuando María Elena dio a luz a su primer hijo. Diez días después, el bebé falleció. Ante ello, la Dirección de Talento Humano del Consejo de la Judicatura determinó que, al no haber un hijo vivo, su licencia de maternidad terminaba automáticamente y que debía regresar a trabajar. La presión fue tal que ella aceptó, temiendo perder su empleo. Sin embargo, la decisión tuvo graves consecuencias en su salud, al punto de desarrollar un cuadro de depresión leve.

Consciente de sus derechos, en mayo de 2019 presentó una acción de protección que en primera instancia fue negada. No se rindió y apeló. La Corte Provincial de Imbabura le dio la razón y ordenó la restitución de sus días de licencia, reconociendo que sus derechos habían sido vulnerados. Más tarde, la Corte Constitucional tomó el caso y lo analizó en profundidad, emitiendo en 2024 una sentencia histórica: la muerte de un hijo no elimina el derecho a la licencia de maternidad, pues este tiempo no solo protege al bebé, sino también la recuperación física y psicológica de la madre.

Esta decisión marca jurisprudencia en el Ecuador. Significa que ninguna mujer podrá volver a ser obligada a trabajar tras perder a su hijo, y que los derechos de maternidad deben respetarse sin condiciones. Más allá del caso de María Elena, se abre un precedente que protege a todas las mujeres, incluso a aquellas que no conocen la ley ni tienen los recursos para defenderse. Como sociedad debemos entender que el duelo materno no puede ser reducido a un trámite administrativo: se trata de dignidad, salud y humanidad.

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