La Corte Constitucional de Colombia ha tomado una decisión histórica al prohibir las mutilaciones en animales por motivos estéticos. Este fallo busca proteger la integridad de los animales, considerando prácticas como el corte de orejas y cola, comunes en razas como pitbull, dóberman y french poodle, como actos que generan dolor y sufrimiento innecesarios. Estas acciones, anteriormente permitidas por la Ley 84 de 1989, ahora están categóricamente prohibidas, marcando un avance significativo en la protección de los derechos de los animales.
El tribunal también prohibió otros procedimientos igualmente crueles, como la extirpación de uñas en gatos y la eliminación de cuerdas vocales en perros para disminuir los ladridos. En su resolución, la Corte destacó el reconocimiento de los animales como seres que sienten ,enfatizando su derecho a ser tratados con respeto y a no ser sometidos a prácticas que atenten contra su bienestar.
Sin embargo, la decisión no afecta actos necesarios para el mantenimiento de los animales, como el corte de uñas o de pelo, siempre que no impliquen crueldad. Esto deja claro que el fallo se enfoca exclusivamente en eliminar prácticas innecesarias y dolorosas que se realizaban bajo la etiqueta de “estéticas”.
La senadora Andrea Padilla celebró la decisión, calificándola como un avance crucial en el bienestar animal. Según Padilla, prohibir estas mutilaciones refleja un compromiso ético hacia los derechos de los animales y envía un mensaje claro sobre la necesidad de erradicar prácticas crueles en la sociedad.