El uso de la mascarilla y el distanciamiento social de al menos dos metros, se mantiene de forma obligatoria en la capital.

El Municipio de Quito, a través de la Resolución 060, dio a conocer las restricciones que se aplicarán en la ciudad desde el 13 de septiembre cuando finalice el estado de excepción.

Medidas adoptadas por el Municipio de Quito

  • Se restringe la práctica de actividades deportivas y, en general. todas aquellas que no permitan mantener un distanciamiento mayor a dos metros con terceros en los bienes de usa y dominio público. Quienes no cumplan esta disposición serán sancionados con un multa equivalente al 25% de un salario básico unificado, y en caso de reincidencia, el doble del la multa señalada.
  • El servicio de transporte terrestre en el Distrito Metropolitano de Quito circulará con un aforo máximo del cincuenta por ciento (50%) de su capacidad, en cada unidad de transporte.
  • El transporte intraprovincial e interprovincial circulará con un aforo máximo del cincuenta por ciento (50%) de su capacidad.
  • Se mantienen suspendidas las actividades económicas en: bares, discotecas, centros de diversión nocturna, centros de tolerancia y similares y gimnasios, centros de entrenamiento y similares.
  • Se mantienen suspendidos los espectáculos públicos en espacios abiertos o cerrados, públicos o privados. Se exceptúan de mal suspensión los espectáculos deportivos masivos, según se definen y regulan en el Código Municipal, siempre que se celebren sin la presencia de público.

Aforos en locales comerciales

  • Centros Comerciales 50%
  • Supermercados y Mercados 50%
  • Agencias Bancarias y de Cooperativas 50%
  • Restaurantes 50%
  • Cines 30%
  • Teatros 30%
  • Auditorios 30%

Las personas interesadas en el incremento de los aforos de las actividades económicas sujetas a la licencia Metropolitana Única para el ejercicio de actividades económicas previstos en esta disposición, podrán presentar propuestas de planes pilotos ante la Secretaria de Salud del GAD DMQ. El plan piloto que se presente deberá incluir, al menos, la propuesta de medidas de bioseguridad y el o los protocolos que aplicarán a la actividad específica.

Sanciones:

Las personas no cumplan con los aforos permitidos y suspensiones de locales serán sancionadas, según corresponda, con una multa de hasta quince salarios básicos unificados, es decir, $6.000.

La resolución adoptada por el alcalde Jorge Yunda entrará en v agencia a partir del domingo 13 de septiembre de 2020.