La pérdida de un animal de compañía es un momento delicado, pero también implica tomar decisiones responsables sobre su disposición final. En Quito, enterrar a un perrito en espacios públicos como parques o bosques, o incluso en patios sin control sanitario, no está permitido y puede representar un riesgo.
Esto se debe a que, durante la descomposición, los cuerpos de los animales pueden liberar bacterias y otros agentes que contaminan el suelo y el agua, además de generar posibles enfermedades que afectan tanto a otros animales como a las personas, especialmente en zonas habitadas.
Para evitar estos riesgos, el artículo 3675 de la Ordenanza Metropolitana 095-2025 establece que la disposición final de los cadáveres debe realizarse mediante gestores calificados. En la práctica, esto significa que si el animal fallece en un espacio público, el Municipio o un gestor autorizado se encarga de su retiro. Si ocurre en un espacio privado, como una vivienda, el tenedor responsable debe contactar estos servicios y asumir el proceso para garantizar un manejo adecuado. En el caso de fundaciones o centros de acogida, estos tienen la obligación de reportar el hecho a las autoridades competentes.
El incumplimiento de esta normativa se considera una infracción grave y puede ser sancionado con una multa equivalente a un salario básico unificado. Por ello, es fundamental que la ciudadanía conozca estos procedimientos y opte por alternativas seguras y reguladas, que protejan la salud pública y el entorno.


