Los cuidadores de personas con discapacidad no tendrán pico y placa en Quito. El Concejo Metropolitano aprobó una ordenanza que regula la excepción a la restricción vehicular para las personas con discapacidad y su entorno de cuidado en el Distrito Metropolitano, con el objetivo de garantizar su derecho a la movilidad.
Antes de esta normativa, la medida de restricción vehicular no contemplaba la circulación de personas con discapacidad durante los horarios establecidos, lo que impedía que sus cuidadores o familiares pudieran trasladarlas a terapias, centros educativos, servicios de salud o cumplir con actividades cotidianas.
La ordenanza establece un plazo de 90 días para su aplicación. Durante este tiempo se implementarán los procesos tecnológicos para el registro de los beneficiarios y los mecanismos de control que estarán a cargo de la Agencia Metropolitana de Tránsito.
El texto aprobado permite la libre circulación, en días de restricción, de vehículos registrados a nombre de la persona con discapacidad, de familiares hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad. Además, autoriza hasta tres conductores por vehículo exento y dispone que la excepción deberá renovarse anualmente, previa verificación de los requisitos correspondientes.


