Con seis votos a favor el Pleno de la Corte Constitucional del Ecuador determinó condicionar la constitucionalidad del Decreto Ejecutivo Nro.224, del 18 de octubre de 2021. En el documento el Presidente Guillermo Lasso declaró el estado de excepción como “grave conmoción interna debido al aumento en la actividad delictiva”.
En este caso particular el mandatario ha justificado el decreto por el tema de criminalidad en el Ecuador. Según el docente universitario de la Universidad Católica, Alex Valle desde el año 2016 hasta la actualidad se ha duplicado el número de muertes violentas en el país, llegando a 107 muertes por cada 100.000 habitantes.
Ante esto, la Corte dispuso el despliegue de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) con el objetivo de controlar los actos delictivos en las provincias declaradas por el primer mandatario entre las que están: Guayas, Santa Elena, El Oro, Manabí, Los Ríos, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas, Pichincha y Sucumbíos.
Además la institución indicó que el estado de excepción durará tan solo 30 días de los 60 que en un principio se tenía previsto. Un estado de excepción puede durar hasta 90 días, siendo justificables por la Corte.
Según Valle, los índices de violencia son alarmantes, tan solo en este último año existieron 1.900 muertes violentas en Ecuador, ubicado en el sexto lugar en toda Latinoamérica.Durante los cinco días de feriado nacional se registraron 49 muertes violentas.
Al finalizar el estado de excepción, contado desde el 18 de octubre pasado, Lasso debe remitir a la Corte un informe acerca de las acciones y medidas realizadas que se han tomado para frenar los actos delictivos presentados en este último año.
Al terminar los 30 días del estado de excepción, si el índice de violencia no se ha reducido, el Ejecutivo deberá justificar la medida para obtener una prórroga de 30 días adicionales.