El Municipio de Quito hizo cambios en el aforo permitido para los diferentes locales comerciales. Esto con el objetivo reactivar la economía de la ciudad, normalizar las actividades y minimizar los impactos económicos de la pandemia. La medida entrará en vigencia a partir de este miércoles 7 de julio.
¿Cuál es el nuevo aforo máximo?
Actividad económica | Porcentaje máximo de aforo | |
Centros comerciales (incluyendo patios de comidas) | 65% | |
Supermercados y mercados | 50% | |
Agencias bancarias y cooperativas | 50% | |
Restaurantes | 70% | |
Cines | 50% | |
Teatros | 50% | |
Auditorios, centros de convenciones, salones de alojamientos turísticos; y, salas de recepciones y banquetes | Interior (eventos corporativos y académicos) | 50% |
Exterior (eventos corporativos y académicos) | 70% | |
Interior (eventos sociales) | 40% | |
Exterior (eventos sociales) | 50% | |
Gimnasios y centros de entrenamiento (con excepción de gimnasios y centros de entrenamiento, destinados a práctica de deportes y/o actividades de contacto como artes marciales, lucha, box y similares) | 50% |
La suspensión de las licencias únicas metropolitanas para el desarrollo de actividades económicas continúa para los siguientes locales comerciales:
- Bares
- Discotecas
- Centros de diversión nocturna;
- Centro de tolerancia y similares;
- Centros de entrenamiento que estén destinados a la práctica de deportes y/o actividades de contacto como artes marciales, lucha, box, y similares
En el caso de los centros de convenciones y similares se podrá realizar más de un evento al mismo tiempo, siempre y cuando se utilicen barreras que separen los mismos. Mientras que los eventos y espectáculos públicos siguen suspendidos.
La secretaria de Salud del Municipio presentará informes cada 15 días para evaluar la aplicación de estas medidas.