Desde este 20 de junio entró en vigencia la nueva reforma tributaria en el Ecuador, donde ya entran en rigor los cambios propuestos por el presidente Guillermo Lasso, mismos que fueron aprobados por la Corte Constitucional el pasado 16 de junio. De esta manera, la reforma tributaria incrementa el margen de gastos que las familias pueden deducir a la hora de hacer el cálculo de su Impuesto a la Renta.
Una de las novedades es que el contribuyente puede actualizar su proyección de gastos personales, para incluir las facturas relacionadas con mascotas para recalcular las retenciones por Impuesto a la Renta. Esto no se podía realizar, por lo que sería la primera vez que se incluirían estos gastos dentro de su declaración.
Las personas naturales pagan el impuesto a la renta al finalizar el periodo fiscal en marzo del 2023, a este impuesto se le debe deducir los gastos personales. El año anterior el tope máximo fue USD 5.007,17, pero para este año este tope se aumentó, por lo que ahora será de USD 15.294. Se destaca que esto dependerá de las cargas familiares que incluyen: padres, hijos, conyugue o pareja en unión de hecho e hijos hasta los 21 años.
Para ser deducibles los gastos de las mascotas, se deberán solicitar facturas por los conceptos que se detallen en el reglamento, e incluir las demás facturas que generes en el año fiscal, para que puedas llegar al gasto deducible máximo y aplicar la rebaja en el impuesto a la renta. El año anterior esto no se podría realizar.
Desde ahora los tutores que tengan a su cargo un animal de compañía deberán guardar todas las facturas de los servicios de alimentación, atenciones veterinarias, accesorios, peluquería, servicios exequiales para reducir sus impuestos tal y como lo señala la ley Orgánica para el fortalecimiento de la economía familiar.