El miércoles 28 de abril, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad del Art. 150 del Código Orgánico Integral Penal. Mismo que abrió el camino a la despenalización del aborto por violación en mujeres ecuatorianas.

Silvia Buendía, abogada y activista por los derechos de las mujeres, indicó que los casos de violación y abuso sexual corresponden a problemas de salud pública, educación y necesidad de justicia oportuna. Por lo que advirtió que actualmente el Ecuador registra una mortalidad del 15% solo por abortos clandestinos.

“¿Cómo se les puede ocurrir que una mujer violada se vaya presa? El Estado debe comprometerse a rehabilitar y no revictimizar a una víctima”, manifestó durante su entrevista en el noticiero “A Primera Hora”, transmitido por Radio Majestad.

Buendía señaló que el Estado no puede criminalizar a una mujer violada, si esta decide abortar. Además, según la abogada, la despenalización del aborto por violación, refleja la dura realidad de la mujer ecuatoriana.

De acuerdo con Buendía, el aborto es ilegal en el país desde el año 1938, y a partir de entonces ha sido un “delito” no punible por dos causas. Cuando se trate de salvar la vida de la madre o en casos de embarazo producto de violación en una mujer con discapacidad mental.

“Todos los Códigos Penales desde 1938 recogen estas dos causales, que terminan siendo mínimos. Esto debía cambiar en 2013, con la aprobación del nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP), y luego en 2019 con las posteriores reformas penales, pero finalmente no ocurrió”, mencionó la abogada.

Datos emitidos por la Fiscalía General del Estado (FGE) reflejan que, a diario hay 14 denuncias solo por violación en el Ecuador. Mientras que el 95% de estos casos ocurren dentro del hogar de la víctima, y comúnmente el agresor suele ser algún familiar.

Adicional recordó que, diariamente cerca de 7 niñas menores de 14 años dan a luz en hospitales y casas de salud a nivel nacional.