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viernes, noviembre 22, 2024
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COE Nacional reitera su llamado a la prohibición de quema de monigotes y venta de pirotecnia durante fin de año

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Redacción: Carolina Méndez Machado 

El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional y el ECU 911 respectivamente, emitieron comunicados oficiales, el 30 de diciembre de 2020, acerca de las medidas restrictivas que se aplicarán durante las festividades de fin de año.

En COE Nacional resolvió lo siguiente: 

En primera instancia, ratificó las disposiciones emitidas por el COE Nacional, mediante las Resoluciones dispuestas el 21 y 22 y 23 de diciembre.

Queda prohibido, en todo el territorio nacional, la quema de monigotes en el espacio público y se incita a la ciudadanía a no realizar la quema de monigotes en el espacio privado, ya que además del potencial riesgo de incendios, la inhalación del humo de la quema de monigotes puede llegar a causar varios problemas de salud.

“El humo tiene una serie de componentes tóxicos que afectan la capacidad respiratoria y de oxigenación de las personas” expresó Juan Zapata, Director General del ECU 911.

Esto puede incluso llegar a afectar a personas con enfermedades cardíacas y pulmonares, sobre todo a las afectadas por Covid-19, dijo Zapata. 

El COE Nacional también señaló la prohibición de venta y comercialización de pirotecnia durante las festividades de fin de año durante el 30 y 31 de diciembre del 2020 y el 01 de enero del 2021

El comunicado resalta que se realizará un control exhaustivo en cuanto a la importación, venta, y almacenamiento de pirotecnia. Estos operativos estarán a cargo del Ministerio de Defensa, entidad que será respaldada por los COE cantonales y la Policía Nacional.

Si la situación lo amerita, también serán apoyados por las Fuerzas Armadas en los operativos de decomiso de dichos materiales, mismos que serán destruidos con autorización de la autoridad competente. 

El punto final de la resolución hace referencia a las campañas políticas, que iniciarán el 31 de diciembre, en donde se exhorta a los líderes de partidos y movimientos políticos, llevar a cabo sus actividades cumpliendo con las normas de bioseguridad pertinentes evitando aglomeraciones.

Funcionamiento de alojamientos turísticos y restaurantes

Pueden funcionar durante el toque de queda únicamente dentro de sus instalaciones, cumpliendo debidamente con los protocolos de bioseguridad.

Podrán operar con un aforo de hasta el 30% en sus áreas comunes.

Relacionadas con la movilización de trabajadores del sector turísticos:

Podrán movilizarse durante el toque de queda, únicamente para cumplir con sus actividades laborales y deberán portar documentos habilitantes como: copia del RUC o RISE del establecimiento, o a su vez credenciales de certificación laboral.

Zapata, expresó que durante el toque de queda, vigente de 10:00 pm a 4:00 am, regirá “la prohibición de la venta y consumo de bebidas aldólicas en el mismo horario”, así como la prohibición de apertura de bares y discotecas.

Los centros comerciales atenderán de 8:00 am a 8:00 pm con un aforo del 50 % indicó la autoridad. 

De igual forma, Zapata resaltó que la restricción vehicular de vehículos pares e impares seguirá vigente, además indicó la eliminación de salvoconductos en todo el país.

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